viernes, 9 de marzo de 2012

Prohibicion de azucares añadidos en zumos de frutas


Los Veintisiete han llevado a cabo la aprobación formal del acuerdo cerrado el pasado diciembre con la Eurocámara que modifica la norma europea que regula el etiquetado de los zumos de fruta y néctares, con el objetivo de asegurar una información más clara a los consumidores y prohibir el uso de azúcares añadidos en los jugos de fruta exprimida.
España es precisamente el principal productor de zumos en el mercado comunitario y el primer consumidor de estos productos. Los productos comercializados o etiquetados antes de la fecha de entrada en vigor podrán venderse en un plazo de tres años y los Estados miembros tendrán un año y medio para adaptar sus legislaciones nacionales a la nueva normativa.

Los cambios han tenido en cuenta un informe del eurodiputado socialista Andrés Perelló que abogaba por un etiquetado más claro y detallado, con el objetivo de diferenciar sin ambigüedad las distintas calidades de zumo, esto es, exprimidos, concentrados y néctares.
Los néctares serán los únicos que podrán llevar endulzantes añadidos y se vetará la mención 'sin azúcares añadidos'. De manera transitoria se permitirá poner en la etiqueta que 'ningún zumo podrá llevar azúcares añadidos', de cara a asegurar una mayor claridad y transparencia para el consumidor.
En concreto, los zumos de fruta no contendrán azúcar ni edulcorantes, mientras que los néctares, producidos con purés de frutas y agua, sí pueden contener azúcar añadido o edulcorantes. Para evitar confusión, la etiqueta 'sin azúcar añadido' no se permitirá en los néctares que contengan edulcorantes artificiales, como la sacarina.

Las mezclas de dos zumos tendrán que llevar en el futuro el nombre del producto que refleje el contenido, para evitar casos que sí pueden darse en la actualidad como, por ejemplo, que un zumo con el 90 por ciento de manzana y un 10 por ciento de fresa se comercialice como zumo de fresa únicamente. La novedad es que en estas situaciones se empleará un nombre genérico como 'mezcla de zumos' si hay tres o más frutas.

También incorpora a la lista de frutas para zumos al tomate para que los zumos de este alimento estén sujetos a las mismas reglas específicas que pesan sobre el resto de zumos.

Los zumos provenientes de fuera de la Unión Europea se adaptaran a las mismas normas que cumplen los productores comunitarios, en especial en cuanto a los zumos de naranja.
Con ello se quiere poner en pie de igualdad a los europeos con otros países que, como Estados Unidos y Brasil, producen zumo de naranja con hasta un 10 por ciento de mandarina --que mejora el color y sabor del producto-- sin especificarlo en el etiquetado.
Las normas de la UE no permiten hacer lo mismo a sus productores, por lo que con la nueva directiva los zumos importados deberán identificarse como 'zumos de naranja y mandarina' si llevan esta segunda fruta en su composición.