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aromas y determinados ingredientes alimentarios con propiedades aromatizantes utilizados en los alimentos, en lo relativo a la retirada de diversas sustancias aromatizantes de la lista de la Unión.
Mediante el Reglamento nº (UE) 872/2012 de la Comisión se publicó la lista de sustancias aromatizantes de la UE, que fue incorporada a la parte A del Anexo I del Reglamento (CE) nº 1334/2008. En esta lista se incluyen sustancias que todavía no han sido evaluadas o de las cuales se han solicitado datos adicionales. En el caso de 19 de estas sustancias, los responsables han retirado las solicitudes de evaluación.
En consecuencia, se suprimen sus entradas de la parte A del Anexo I.
El nuevo reglamento entrará en vigor a los 20 días del día siguiente de su publicación.
El nuevo reglamento entrará en vigor a los 20 días del día siguiente de su publicación.
Fuentes:
- gencat.cat
- BOE