REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N°29/2012 DE LA COMISIÓN de 13 de enero de 2012 sobre las normas de comercialización del aceite de oliva
Codificación del Reglamento (CE) n° 1019/2002 de la Comisión, de 13 de junio de 2002, sobre las normas de comercialización del aceite de oliva.
Debido a las características diferenciales del aceite de oliva, es necesario establecer unas normas de comercialización con el fin de garantizar la autenticidad de los aceites de oliva vendidos. También se considera necesario que el consumidor sea informado sobre el aceite de oliva que se le proponga para evitar la inducción a error.
Se establece entonces un régimen obligatorio de designación del origen, limitado al aceite de oliva «virgen extra» y al aceite de oliva «virgen», que cumpla condiciones precisas.
En este reglamento se especifica también el tipo de envase, la descripción de las diferentes categorías de aceite que vendrá dada en su etiquetado, la especificación de la designación del origen, las obligaciones que deberán cumplir las indicaciones facultativas que puedan figurar en el etiquetado y sus justificaciones, especificaciones para el etiquetado de mezclas, así como la acción que deben llevar a cabo los diferentes estados miembros.
Dicho reglamento entrara en vigor el vigésimo día siguiente a su publicación en el DOUE (es decir, el 03/02/2012).
VER REGLAMENTO:
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2012:012:0014:0021:ES:PDF