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Saliendo de dudas, la miel es considerada un alimento de origen animal tal y como se expresa en el anexo I del Reglamento (CE) Nº 853/2004.
La miel se define según el Real Decreto 1049/2003 como la sustancia natural dulce producida por la abeja Apis mellifera a partir del néctar de plantas o de secreciones de partes vivas de plantas o de excreciones de insectos chupadores presentes en las partes vivas de plantas, que las abejas recolectan, transforman combinándolas con sustancias específicas propias, depositan, deshidratan, almacenan y dejan en colmenas para que madure.
Pueden ser clasificadas según su origen (Miel de flores o miel de néctar y Miel de mielada), según su elaboración o presentación, o según su uso (miel industrial) pero todas ellas se engloban dentro de los productos de origen animal, junto con las carnes y derivados, huevos y ovoproductos, leche y productos lacteos, moluscos bivaldos vivos, pescados y productos pesqueros y ancas de rana y caracoles.
En conclusión, la miel es considerada un producto de origen animal. Las abejas son las que realizan el proceso de transformación, el origen vegetal solo determinará su clasificación posterior.
Fuente: www.boe.es