lunes, 3 de febrero de 2014

Nuevas disposiciones para la protección de los animales en el momento de la matanza

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El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, aprobó el pasado mes, el Real Decreto por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.

La norma regulará, entre otros aspectos:
  • La formación del personal que realiza las operaciones de sacrificio de los animales en los mataderos.
  • El procedimiento para la organización de los cursos y la emisión del certificado de competencia.
  • Normas para la comercialización en España de equipamientos y aparatos destinados a las operaciones de matanza.
  • Vías para que las autoridades competentes puedan realizar controles oficiales sobre la matanza realizada para consumo doméstico privado.
  • El régimen de infracciones y sanciones aplicable.
El Real Decreto transpone a la normativa nacional el Reglamento comunitario sobre protección de los animales en el momento de la matanza, de aplicación desde el 1 de enero de 2013 (Reglamento 1099/2009).
En las disposiciones adicionales, el texto incluye los requisitos que deberán cumplir transitoriamente los mataderos que ya estuvieran en funcionamiento antes del 1 de enero de 2013.

Información del MAGRAMA

Fuente: ELIKA