martes, 3 de abril de 2012

Modificación del Reglamento(CE) nº 183/2005

La Comisión Europea ha publicado el Reglamento (UE) n ° 225/2012 de la Comisión, de 15 de marzo de 2012 , por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) n ° 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la autorización de los establecimientos que comercializan para uso como piensos productos derivados de aceites vegetales y grasas mezcladas y en lo referente a los requisitos específicos de la producción, almacenamiento, transporte y detección de dioxinas en aceites, grasas y sus productos derivados.

 El principal motivo de esta norma es establecer los requisitos obligatorios que deben de cumplir aquellas empresas que comercialicen ciertos productos para su uso en piensos.
En concreto las empresas afectadas son aquellas que tengan las siguientes actividades:
  - La transformación de aceites vegetales crudos, a excepción de los incluidos en el ámbito del Reglamento 852/2004,
  - Fabricación oleoquímica de ácidos grasos,
  - Fabricación de biodiesel,
  - Mezclas de grasas.

Además, se establece el régimen de controles que deben de realizar este tipo de empresas para el control de las dioxinas en los productos que comercializan. Asimismo, esta nueva norma señala que las empresas darán instrucciones a los laboratorios que realicen los análisis de dioxinas para que, en el caso de positivos, informen al respecto a la autoridad competente.

Por último, se establece la aplicación de ciertos requisitos para los contenedores que sirvan para almacenar o transportar mezclas de grasas, aceites de origen vegetal o productos derivados para piensos.

El presente Reglamento entrará en vigor al vigésimo día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 16 de septiembre de 2012 y será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.



Fuente: elika.net