martes, 1 de abril de 2014

Autorizado el uso de difosfato magnésico de dihidrógeno como agente gasificante y regulador de la acidez

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En el DOUE L 89 de 25 de marzo de 2014, se ha publicado el Reglamento (UE) nº 298/2014 de la Comisión, de 21 de marzo de 2014, por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión por lo que se refiere al uso del difosfato magnésico de dihidrógeno como gasificante y regulador de la acidez.

Mediante este reglamento se autoriza el aditivo difosfato magnésico de dihidrógeno, con el número E 450 (ix), para su uso en las categorías 6.2.1: Harinas, solo harina fermentante; 6.5: Fideos; 6.6: Masa batida; 7.1: Pan y panecillos y 7.2: Productos de bollería fina. Y se modifica el Reglamento (CE) nº. 1333/2008 que establece la lista de aditivos alimentarios autorizados en la Unión Europea y sus condiciones de uso y el Reglamento (UE) nº. 231/2012 que establece las especificaciones de los aditivos alimentarios, para introducir este nuevo producto.

El uso del aditivo difosfato magnésico de dihidrógeno se presenta como alternativa al uso de otros aditivos, ya que reduce el regusto astringente (“piro-gusto”) producido por el resto de difosfatos autorizados y evita un incremento de los niveles de sodio en los alimentos.

El Reglamento entrará en vigor a los 20 días del día siguiente de su publicación.


Fuente: gencat